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INFORMACION PARA TODO TIPO DE TRAMITES

Para Descargar

Publicacion COPINE(pdf)
(comision para la plena participacion e integracion de las personas con necesidades especiales)

Publicacion Ciudad y Derechos(pdf)
(Portal de garantias desarrollado por la Defensoria del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires)

Guia Basica (pdf)
(
Dra. María Inés Bianco/Dra. Leticia Crescentini.-Derecho a la protección de la Salud y discapacidad .- Derecho social exigible)

Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires
DIGESTO DE NORMAS SOBRE PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES

TRAMITE PARA SOLUCIONES DE PROBLEMAS EN LA CONADIS
(Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas) http://www.cndisc.gov.ar/ 
30 DE JULIO DE 2009
hemos conseguido que
TODOS AQUELLOS PAPAS de capital o provincia que tengan algún tipo de problema con las obras sociales, colegios, tratamientos, instituciones, amparos, etc., etc. pueden comunicarse, directamente con la Lic. Cristina Bettatis , Directora del Área de Inclusión, de la CONADIS.
Deben hacerlo al siguiente mail 
areainclusion@cndisc.gov.ar 
ante el comentario y presentacion de varios inconvenientes de los papas que habitualmente uds nos hacen llegar, la licenciada se comprometio a escuchar y atender cada uno de los reclamos que cada uno de ustedes les haga llegar por cualquiera de los problemas que tuvieran, tratando de brindarles , a cada uno, una pronta solucion.
Nosotros, le adelantamos que somos muchos papas y de todo el pais, por lo cual podria recibir muchos pedidos, pero aun asi nos dijo que estaba disponible para atender cada caso en particular. nos pidio que les remitiera cada uno que va de parte de TGD-PADRES.

Es por ello que le pedimos a cada uno de ustedes que puedan utilizar esta via para hacer sus pedidos. les pedimos que ante esta oportunidad no gastemos el tiempo en "reclamos a "... o "reclamos por...", aprovechemos esta oportunidad para presentar el caso y la dificultad particular de cada papa lo mas completo posible para que sea tratado lo mejor posible... aquellos que tengan sugerencias para enviarles, que sea algo organizado, concreto y amplio...y no solo una mera idea...

 

Certificado de Discapacidad -
Fuente: http://www.snr.gov.ar/001-001.htm 

¿Qué es el Certificado de Discapacidad
Es un documento público que acredita la discapacidad. Ley Nº 22.431, Capítulo 1. Art. 3° 
¿Cuál es el objetivo de esta Ley?
Promover la protección integral a las personas con discapacidad.

Si una persona desea tramitar el CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD debe seguir los siguientes pasos:

 Si el interesado tiene domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá comunicarse a la siguiente línea de atención gratuita: 0800-999-2727.

Si el interesado reside en el interior del país, por favor visite nuestra Sección INFORMACIÓN PARA EL INTERIOR DEL PAIS donde constan las direcciones de todos los organismos nacionales y provinciales donde se puede tramitar el CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD.

Si por el contrario el interesado tiene domicilio en la Provincia de Buenos Aires, deberá concurrir (puede venir otra persona en su lugar) al Servicio Nacional de Rehabilitación (Ramsay 2250) de 8.30 a 14 hs al Área de Turnos con su DNI original (excluyente) donde conste el domicilio actual; además, deberá presentarse con un certificado médico en donde conste el diagnóstico del paciente (no excluyente), con el objeto de ser asignado con el médico especialista, o bien conocer con precisión cuál es el diagnóstico a evaluar.

Es OBLIGATORIO para retirar el turno presentar DNI original, del solicitante sin excepción: NO se entregan turnos sin cumplir con este requisito. Además, es necesario conocer el diagnóstico específico del interesado.

Solo se extiende un (1) turno por persona, excepto Padres, Madres o familiares directos que puedan comprobar vínculo, y que necesiten más de un turno.

Si Ud. pertenece a un organismo oficial o no oficial, ONG, agrupación o asociación, y necesita retirar mas de un turno, deberá solicitar atención a través del personal destinado para tal fin

REQUISITOS PARA ACREDITAR LA DISCAPACIDAD (Según Discapacidad)

El Certificado de Discapacidad otorgado por este Servicio Nacional de Rehabilitación brinda la cobertura de las Leyes Nº 22.431 y Nº 24.901, las que instituyen un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.

Atención!!!: Las personas con discapacidad que residen en el interior del país deben realizar las consultas sobre los beneficios en los servicios de Orientación de su provincia. Dicho servicio se encuentra en el Organismo que emite el Certificado de Discapacidad. Más información en INFORMACION PARA RESIDENTES EN EL INTERIOR DEL PAIS.

Utilidades que brinda el Certificado de Discapacidad:
 
  • TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS EN FORMA GRATUITA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL DECRETOS N° 38/2004 y N° 118/06 (En trenes, subtes, colectivos de la línea 1 a la 199 y micros de larga distancia):
  • Trámite relacionado con RÉGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES (salario hijo con discapacidad).
  • Trámites en OBRAS SOCIALES. Ley N° 24.901, 100% de cobertura en el tratamiento de la discapacidad certificada.
  • EXENCIÓN DE IMPUESTOS.
Para interiorizarse más sobre todos los beneficios que otorga el Certificado de Discapacidad, visite nuestro servicio de Atención al Usuario.

Legislacion

¿Qué hacer en caso de Extravío del Certificado de Discapacidad?

¿Qué hacer en caso de Renovación del Certificado de Discapacidad?

Información sobre Organismos Públicos

Información para Residentes en el Interior del País

JUNTA EVALUADORA  
Teléfono: (011) 4783-9527 - Email: juntaevaluadora@snr.gov.ar
Para retirar el TURNO para obtener el Certificado de Discapacidad
Atención Personalizada: Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 hs.
Atención Telefónica (No se dan turnos por teléfonos): Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00 hs.
 
AUTOMOTORES  
Teléfono/Fax: (011) 4784-2018 - Email: automotores@snr.gov.ar
Atención Personalizada al Público: Lunes a Viernes de 08:30 a 13:30 hs.
Atención Personalizada a Profesionales (Gestores): Miércoles de 09:00 a 12:00 hs.
---
Atención Telefónica (4784-2018): Lunes a Viernes de 08:00 a 12:00 hs
Recepción de Fax: Lunes a Viernes de 12:00 a 16:00 hs.
Atención Telefónica Conmutador: (011) 4783-8144 / 9077 / 4354
Interno 31 (Franquicia): Lunes a Viernes de 08:30 a 16:00 hs.
Conmutador - Interno 45 (Símbolos): Lunes a Viernes de 14:00 a 16:00 hs.
 
MESA DE ENTRADAS  
Recepción de Documentación para trámites de AUTOMOTORES, PRESTADORES, etc.
Atención Personalizada: Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 hs
 
ATENCIÓN AL USUARIO  
Teléfono: (011) 4783-8144 / 9077 / 4354 Int.39 - Email: atencionalusuario@snr.gov.ar
Atención Personalizada: Lunes a Viernes de 09:00 a 17:00 hs
Atención Telefónica: Lunes a Viernes de 09:00 a 17:00 hs.
 
RECREACIÓN Y DEPORTES  
Teléfono: (011) 4783-8144 / 9077 / 4354 Int.62 - Email: deportes@snr.gov.ar
Atención Personalizada: Martes a Domingo de 09:00 a 19:00 hs
Atención Telefónica: Martes a Domingo de 09:00 a 19:00 hs.

INFORMACION DE CONTACTO

Dirección:
Ramsay 2250 o Dragones 2201 - ÁREA DE ORIENTACIÓN PSICOSOCIAL
Ciudad:
(C1428BAJ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Teléfonos:
011 4783-8144 / 9077 / 4354 - Interno

Como LLegar?

 

Para mayor información, visite http://www.infoleg.gov.ar

Asesoramiento Legal en Discapacidad

  • www.rals.org.ar
    Desde el área legal se asesora, orienta y difunden los derechos de las personas con discapacidad y sus familias.RALS diseña dos estrategias de abordaje: Difusión de los derechos de las personas y los mecanismos de obtención de los mismos, a través de cursos y jornadas de capacitación para profesionales, interesados en la temática, voluntarios y público en general. Gestión para lograr el efectivo reconocimiento de los derechos mediante la vía extrajudicial y/o judicial

 

 

  • Dra. Mirian Herrera 15-5712-2415

 

Ventajas del recurso de amparo

Una explicación sencilla para el uso de una poderosa herramienta de defensa legal.

¿COMO DEFIENDE SUS DERECHOS UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD CUANDO LAS OBRAS SOCIALES, LAS PREPAGAS O EL ESTADO LOS VULNERA ?

Presentando un recurso de amparo.

¿QUIEN PUEDE INTERPONERLO?

Todo aquel a quien se le afecte o niegue el ejercicio de un derecho. El recurso de amparo siempre lo presenta un abogado, por medio de un escrito.

¿DONDE SE PRESENTA?

Se tramita en sede judicial (tribunales). El fuero más común es el Civil y Comercial Federal.

¿CUANTO TARDA ?

Aunque un juicio común siempre demora más de dos años, el recurso de amparo en cambio es inmediato. Generalmente lo que se pide se obtiene en forma provisoria entre los 10 a 20 días de iniciado (medida cautelar). Puede que luego el demandado se allane a la medida ( la acepte como definitiva ) sino, prosigue el juicio y entre los 3 a 6 meses el amparo se termina y el ejercicio del derecho queda firme, con costas a cargo del demandado.

Los plazos no son siempre iguales. Hay veces en que el juez ordena una audiencia para llegar a un acuerdo o pide un informe a algún organismo. Hay juzgados más rápidos que otros, por eso si bien los recursos de amparo por lo general tardan 3 meses, pueden llegar a tardar hasta 6 , pero mas allá de lo que demoren, lo importante es que mientras se desarrolla el juicio, el derecho está cubierto (ver Día 16).

¿CUALES SON LOS PASOS?

  • Día 1. Se envía una carta documento.

  • Día 6. Si hay alguna respuesta se tiene una reunión para llegar a un acuerdo.

  • Día 9. De lo contrario, se presenta en tribunales una acción de amparo.

  • Día 16. El juez ordena que la Obra Social, Prepaga o el Estado empiece a cubrir lo que se pide hasta que termine el juicio.

  • Día 20. Se le notifica al demandado que tiene que brindar lo solicitado.

  • Día 40. El demandado presenta un informe y da su postura.

  • Día 75. El juez dicta sentencia ordenando que se cubra para siempre lo que se haya pedido en la demanda.

¿CUANDO ES MAS USADO?

El pedido más común es para exigir una cobertura a una Obra Social, una Prepaga o al Estado del 100% de los gastos de salud, educación, tratamiento, internación, traslados, etc.

Sin embargo cualquier derecho violado que necesite una reparación urgente puede pedirse mediante un recurso de amparo.

Lamentablemente es muy poco utilizado, ya que en líneas generales la familia se somete a las arbitrariedades por temor a supuestas represalias.

Es muy común que piensen que la Obra Social le va a quitar lo poco que le daba hasta el momento , lo que, seguramente, fue conseguido después de mucho sacrificio, luchando y reclamando.

PERO ESTO NO ES ASI.

Por el contrario, cuando hay un juez de por medio, no tienen más remedio que comportarse correctamente y cumplir con la ley.

¿CUANTO CUESTA UN RECURSO DE AMPARO?

Los costos varían. Se puede solicitar el patrocinio jurídico gratuito que queda en Tribunales (Talcahuano 550, piso 8) pero su gestión es errática –el juicio es llevado por estudiantes de derecho-.

Hay profesionales privados que manejan cifras muy altas, que pueden oscilar entre los $2.000 hasta los $ 4.000 o incluso más aún, dependiendo de las características de cada caso.

Por último, existen Estudios Jurídicos que representan la elección ideal, puesto que le dan al expediente un impulso más veloz que el que ofrece el patrocinio gratuito y proponen valores más accesibles, que pueden oscilar entre los $ 300.- y los $ 600.- como máximo.

Fuente: Eduardo D. Perazzo (*) eduperazzo@hotmail.com
(*) Secretario de C.A.I.Dis. ( Cámara Argentina de Instituciones para Discapacitados)

Peaje Gratis en Capital

Donde pueden tramitar el peaje libre para las autopistas de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
http://www.buenosaires.gov.ar/guiaba/guia/?info=detalle&menu=1&id=1335

 

 

Si ud tiene informacion que pueda ser de utilidad para todos los papas, 
envielo por mail a tgd_padres@yahoo.com.ar 

 

Ultima Actualizacion Viernes, 31 de Julio de 2009