Para
Descargar
Publicacion
COPINE(pdf)
(comision
para la plena participacion e integracion de las personas con
necesidades especiales)
Publicacion
Ciudad y Derechos(pdf)
(Portal de garantias desarrollado por la Defensoria del Pueblo de la
Ciudad de Buenos Aires)
Guia
Basica (pdf)
(Dra.
María Inés Bianco/Dra. Leticia Crescentini.-Derecho a la protección
de la Salud y discapacidad .- Derecho social exigible)
Defensora
del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires
DIGESTO
DE NORMAS SOBRE PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES
TRAMITE
PARA SOLUCIONES DE PROBLEMAS EN LA CONADIS
(Comisión Nacional Asesora para
la Integración de Personas Discapacitadas) http://www.cndisc.gov.ar/
30 DE JULIO DE 2009
hemos conseguido que
TODOS
AQUELLOS PAPAS de capital o provincia que tengan algún tipo de problema
con las obras sociales, colegios, tratamientos, instituciones, amparos,
etc., etc. pueden comunicarse, directamente con la Lic.
Cristina Bettatis , Directora del Área de Inclusión, de la
CONADIS.
Deben hacerlo al siguiente mail areainclusion@cndisc.gov.ar
ante el comentario y presentacion de varios inconvenientes de los
papas que habitualmente uds nos hacen llegar, la licenciada se
comprometio a escuchar y atender cada uno de los reclamos que cada uno
de ustedes les haga llegar por cualquiera de los problemas que tuvieran,
tratando de brindarles , a cada uno, una pronta solucion.
Nosotros, le adelantamos que somos muchos papas y de todo el pais, por
lo cual podria recibir muchos pedidos, pero aun asi nos dijo que estaba
disponible para atender cada caso en particular. nos pidio que les
remitiera cada uno que va de parte de TGD-PADRES.
Es por ello que le pedimos
a cada uno de ustedes que puedan utilizar esta via para hacer sus
pedidos. les pedimos que ante esta oportunidad no gastemos el tiempo en
"reclamos a "... o "reclamos por...", aprovechemos
esta oportunidad para presentar el caso y la dificultad particular de
cada papa lo mas completo posible para que sea tratado lo mejor
posible... aquellos que tengan sugerencias para enviarles, que sea algo
organizado, concreto y amplio...y no solo una mera idea...
Certificado
de Discapacidad -
Fuente:
http://www.snr.gov.ar/001-001.htm
| ¿Qué
es el Certificado de Discapacidad |
| Es
un documento público que acredita la discapacidad. Ley
Nº 22.431, Capítulo 1. Art. 3° |
| ¿Cuál
es el objetivo de esta Ley? |
| Promover
la protección integral a las personas con discapacidad. |
Si
una persona desea tramitar el CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD debe seguir
los siguientes pasos:
Si
el interesado tiene domicilio en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, deberá comunicarse a la siguiente línea
de atención gratuita: 0800-999-2727.
Si
el interesado reside en el interior del país, por favor visite nuestra
Sección INFORMACIÓN
PARA EL INTERIOR DEL PAIS donde constan las direcciones de todos los
organismos nacionales y provinciales donde se puede tramitar el CERTIFICADO
DE DISCAPACIDAD.
Si
por el contrario el interesado tiene domicilio en la Provincia de Buenos
Aires, deberá concurrir (puede venir otra persona en su lugar) al
Servicio Nacional de Rehabilitación (Ramsay 2250) de 8.30 a 14 hs al Área
de Turnos con su DNI original (excluyente) donde conste el domicilio
actual; además, deberá presentarse con un certificado médico en donde
conste el diagnóstico del paciente (no excluyente), con el objeto de
ser asignado con el médico especialista, o bien conocer con precisión
cuál es el diagnóstico a evaluar.
Es
OBLIGATORIO para retirar el turno presentar DNI original, del
solicitante sin excepción: NO se entregan turnos sin cumplir con este
requisito. Además, es necesario conocer el diagnóstico específico del
interesado.
Solo
se extiende un (1) turno por persona, excepto Padres, Madres o
familiares directos que puedan comprobar vínculo, y que necesiten más
de un turno.
Si
Ud. pertenece a un organismo oficial o no oficial, ONG, agrupación o
asociación, y necesita retirar mas de un turno, deberá solicitar
atención a través del personal destinado para tal fin
REQUISITOS
PARA ACREDITAR LA DISCAPACIDAD (Según Discapacidad)
El
Certificado de Discapacidad otorgado por este Servicio Nacional de
Rehabilitación brinda la cobertura de las Leyes Nº
22.431 y Nº
24.901, las que instituyen un sistema de prestaciones básicas de
atención integral a favor de las personas con discapacidad,
contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección,
con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y
requerimientos.
Atención!!!:
Las personas
con discapacidad que residen en el interior del país deben realizar las
consultas sobre los beneficios en los servicios de Orientación de su
provincia. Dicho servicio se encuentra en el Organismo que emite el
Certificado de Discapacidad. Más información en INFORMACION
PARA RESIDENTES EN EL INTERIOR DEL PAIS.
| Utilidades
que brinda el Certificado de Discapacidad: |
| |
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|
- Trámite
relacionado con RÉGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES (salario
hijo con discapacidad).
|
- Trámites
en OBRAS SOCIALES. Ley N° 24.901, 100% de cobertura en el
tratamiento de la discapacidad certificada.
|
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|
|
|
|
|
|
|
Para
interiorizarse más sobre todos los beneficios que otorga el
Certificado de Discapacidad, visite nuestro servicio de Atención
al Usuario.
|
Legislacion
¿Qué
hacer en caso de Extravío del Certificado de Discapacidad?
¿Qué
hacer en caso de Renovación del Certificado de Discapacidad?
Información
sobre Organismos Públicos
Información
para Residentes en el Interior del País
| JUNTA
EVALUADORA |
|
| Teléfono:
(011)
4783-9527 - Email: juntaevaluadora@snr.gov.ar |
| Para
retirar el TURNO para obtener el Certificado de Discapacidad |
| Atención
Personalizada: Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 hs. |
| Atención
Telefónica (No se dan turnos por teléfonos):
Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00 hs. |
| |
| AUTOMOTORES |
|
| Teléfono/Fax:
(011) 4784-2018 - Email: automotores@snr.gov.ar |
| Atención
Personalizada al Público: Lunes a Viernes de 08:30 a
13:30 hs. |
| Atención
Personalizada a Profesionales (Gestores): Miércoles de
09:00 a 12:00 hs. |
| --- |
| Atención
Telefónica (4784-2018): Lunes a Viernes de 08:00 a 12:00
hs |
| Recepción
de Fax: Lunes a Viernes de 12:00 a 16:00 hs. |
|
| Atención
Telefónica Conmutador: (011) 4783-8144 / 9077 / 4354 |
| Interno
31 (Franquicia): Lunes
a Viernes de 08:30 a 16:00 hs. |
| Conmutador
- Interno 45 (Símbolos): Lunes
a Viernes de 14:00 a 16:00 hs. |
| |
| MESA
DE ENTRADAS |
|
| Recepción
de Documentación para trámites de AUTOMOTORES, PRESTADORES, etc. |
| Atención
Personalizada: Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 hs |
| |
| ATENCIÓN
AL USUARIO |
|
| Teléfono:
(011) 4783-8144 / 9077 / 4354 Int.39 - Email: atencionalusuario@snr.gov.ar |
| Atención
Personalizada: Lunes a Viernes de 09:00 a 17:00 hs |
| Atención
Telefónica: Lunes a Viernes de 09:00 a 17:00 hs. |
| |
| RECREACIÓN
Y DEPORTES |
|
| Teléfono:
(011) 4783-8144 / 9077 / 4354 Int.62 - Email: deportes@snr.gov.ar |
| Atención
Personalizada: Martes a Domingo de 09:00 a 19:00 hs |
| Atención
Telefónica: Martes a Domingo de 09:00 a 19:00 hs. |
INFORMACION
DE CONTACTO
|
Dirección:
|
Ramsay
2250 o Dragones 2201 - ÁREA DE ORIENTACIÓN PSICOSOCIAL
|
|
Ciudad:
|
(C1428BAJ)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
|
|
Teléfonos:
|
011 4783-8144
/ 9077 / 4354 - Interno
|
Como
LLegar?
Para
mayor información, visite http://www.infoleg.gov.ar
Asesoramiento
Legal en Discapacidad
-
www.rals.org.ar
Desde el área legal se asesora, orienta y difunden los derechos de las
personas con discapacidad y sus familias.RALS
diseña dos estrategias de abordaje: Difusión de los derechos de las personas y los mecanismos de
obtención de los mismos, a través de cursos y jornadas de capacitación
para profesionales, interesados en la temática, voluntarios y público
en general. Gestión para lograr el efectivo reconocimiento de los derechos
mediante la vía extrajudicial y/o judicial
Ventajas
del recurso de amparo
Una
explicación sencilla para el uso de una poderosa herramienta de defensa
legal.
¿COMO
DEFIENDE SUS DERECHOS UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD CUANDO LAS OBRAS
SOCIALES, LAS PREPAGAS O EL ESTADO LOS VULNERA ?
Presentando
un recurso de amparo.
¿QUIEN
PUEDE INTERPONERLO?
Todo
aquel a quien se le afecte o niegue el ejercicio de un derecho. El
recurso de amparo siempre lo presenta un abogado, por medio de un
escrito.
¿DONDE
SE PRESENTA?
Se
tramita en sede judicial (tribunales). El fuero más común es el Civil
y Comercial Federal.
¿CUANTO
TARDA ?
Aunque
un juicio común siempre demora más de dos años, el recurso de amparo
en cambio es inmediato. Generalmente lo que se pide se obtiene en forma
provisoria entre los 10 a 20 días de iniciado (medida cautelar). Puede
que luego el demandado se allane a la medida ( la acepte como definitiva
) sino, prosigue el juicio y entre los 3 a 6 meses el amparo se termina
y el ejercicio del derecho queda firme, con costas a cargo del
demandado.
Los
plazos no son siempre iguales. Hay veces en que el juez ordena una
audiencia para llegar a un acuerdo o pide un informe a algún organismo.
Hay juzgados más rápidos que otros, por eso si bien los recursos de
amparo por lo general tardan 3 meses, pueden llegar a tardar hasta 6 ,
pero mas allá de lo que demoren, lo importante es que mientras se
desarrolla el juicio, el derecho está cubierto (ver Día 16).
¿CUALES
SON LOS PASOS?
-
Día
1. Se envía una carta documento.
-
Día
6. Si hay alguna respuesta se tiene una reunión para llegar a un
acuerdo.
-
Día
9. De lo contrario, se presenta en tribunales una acción de amparo.
-
Día
16. El juez ordena que la Obra Social, Prepaga o el Estado empiece a
cubrir lo que se pide hasta que termine el juicio.
-
Día
20. Se le notifica al demandado que tiene que brindar lo solicitado.
-
Día
40. El demandado presenta un informe y da su postura.
-
Día
75. El juez dicta sentencia ordenando que se cubra para siempre lo
que se haya pedido en la demanda.
¿CUANDO
ES MAS USADO?
El
pedido más común es para exigir una cobertura a una Obra Social, una
Prepaga o al Estado del 100% de los gastos de salud, educación,
tratamiento, internación, traslados, etc.
Sin
embargo cualquier derecho violado que necesite una reparación urgente
puede pedirse mediante un recurso de amparo.
Lamentablemente
es muy poco utilizado, ya que en líneas generales la familia se somete
a las arbitrariedades por temor a supuestas represalias.
Es
muy común que piensen que la Obra Social le va a quitar lo poco que le
daba hasta el momento , lo que, seguramente, fue conseguido después de
mucho sacrificio, luchando y reclamando.
PERO
ESTO NO ES ASI.
Por
el contrario, cuando hay un juez de por medio, no tienen más remedio
que comportarse correctamente y cumplir con la ley.
¿CUANTO
CUESTA UN RECURSO DE AMPARO?
Los
costos varían. Se puede solicitar el patrocinio jurídico gratuito que
queda en Tribunales (Talcahuano 550, piso 8) pero su gestión es errática
–el juicio es llevado por estudiantes de derecho-.
Hay
profesionales privados que manejan cifras muy altas, que pueden oscilar
entre los $2.000 hasta los $ 4.000 o incluso más aún, dependiendo de
las características de cada caso.
Por
último, existen Estudios Jurídicos que representan la elección ideal,
puesto que le dan al expediente un impulso más veloz que el que ofrece
el patrocinio gratuito y proponen valores más accesibles, que pueden
oscilar entre los $ 300.- y los $ 600.- como máximo.
Fuente:
Eduardo D. Perazzo (*) eduperazzo@hotmail.com
(*) Secretario de C.A.I.Dis. ( Cámara Argentina de Instituciones
para Discapacitados)
Peaje
Gratis en Capital
Donde
pueden tramitar el peaje libre para las autopistas de la Ciudad Autónoma
de Bs. As.
http://www.buenosaires.gov.ar/guiaba/guia/?info=detalle&menu=1&id=1335
Si
ud tiene informacion que pueda ser de utilidad para todos los
papas,
envielo por mail a tgd_padres@yahoo.com.ar